viernes, 15 de junio de 2012

MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EL Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Institución Rectora, Promotora y facilitadora de la planificación urbana y de programas de vivienda, con normativa moderna que respeten el medio ambiente, y de esta forma contribuir al desarrollo económico y social del país presenta su informe de ejecución al mes de noviembre.


MISNISTRO: Su Excelencia Jose Domingo Arias
CREADA MEDIANTE LA LEY 9 DE 1973

MISION
Somos una Institución pública, rectora, promotora y facilitadora de la política nacional de vivienda y ordenamiento territorial, que integra el esfuerzo de todos los sectores de la sociedad para mejorar la calidad de vida y condiciones habitacionales de la población, principalmente, a las de menores recursos y más vulnerables, promoviendo y ejecutando la política nacional de vivienda y ordenamiento territorial, que garantiza el desarrollo sostenible.

VISION
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial será la institución pública, líder y modelo a nivel nacional, encargada de las políticas de vivienda y ordenamiento territorial, con autoridad para elaborar los programas de viviendas dignas en territorios ordenados. Programas éstos tendientes a disminuir considerablemente el déficit habitacional que garanticen un desarrollo sostenible del país, a través de tecnologías de punta y personal altamente motivado y especializado.

PRINICIPIOS Y VALORES
  • Están comprometidos con el desarrollo de un modelo de gestión administrativa eficaz, dentro de un marco de transparencia, respeto y honestidad que contribuya a que se recobre la confianza en el servidor público.
  • Es cumplir el concepto de calidad total en la prestación del servicio.
  • Satisfacer las necesidades urbanísticas y habitacionales de la población
POLITÌCA INSTITUCIONAL
La finalidad del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, esta tipificada en la  Ley 61 del 23 de octubre de 2009, que a la letra dice “establecer, coordinar y asegurar de manera efectiva la ejecución  de una política nacional de vivienda y ordenamiento territorial destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población, especialmente a los sectores de menor ingreso, tal como lo consagra el artículo 117 de la Constitución Nacional”.

PROGRAMAS
  • PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS (PROMEBA)
    PROMEBA implementa una estrategia consistente en dos paquetes de intervención:
    1- Urbanización (obras de infraestructura física): financia inversiones en obras de infraestructuras físicas como: nuevas viviendas, redes de agua y saneamiento, drenaje, pavimentación vial, alumbrado, obras de contención de inundaciones o deslizamientos y facilidades para recolección de basura y equipamiento urbano como centros comunitarios, guarderías, parques recreativos, arborización, canchas deportivas y regularización de la tenencia de la tierra.
    2- Desarrollo Social: Implantación de programas sociales y de capacitación laboral existentes en el país (actividades de capacitación, fortalecimiento comunitario y educación sanitaria y ambiental).
    Mediante la implementación de esta estrategia integral para atender las condiciones deficitarias de los barrios marginales semi-urbanos, el Gobierno Nacional permite a los pobladores participar en las soluciones a las necesidades planteadas por la formación de asentamientos informales establecidos sobre terrenos ocupados de manera ilegal.
  • PROGRAMA DE MENSURA Y LEGALIZACION
    Tiene como objetivo principal legalizar la tenencia de la tierra y mejorar el desarrollo urbano de los asentamientos, busca determinar la ubicación del terreno y llevar a cabo las medidas y superficies del mismo.  Se realiza con asesoramiento técnico y social de esta institución.
  • PROGRAMA DE VIVIENDA SOCIAL
    Con partidas presupuestarias provenientes del Gobierno Central, el Programa de Vivienda Social atiende la necesidad habitacional de los ciudadanos panameños con ingresos menores a B/.300.00, aportando recursos para la construcción de unidades básicas de 36 metros cuadrados para beneficiar familias de escasos recursos, en condición de pobreza y extrema pobreza, en áreas rurales y ciudades intermedias.
  • PROGRAMA PARVIS
    Este programa financia la construcción de unidades básicas de 36 metros cuadrados para beneficio de familias con ingresos inferiores a B/.300 mensuales, que pueden incluir la construcción de una unidad sanitaria, cuando sea necesario.
  • PROGRAMA DE ASISTENCIA HABITACIONAL (FASHABI)
    El Fondo de Asistencia Habitacional (FASHABI) se creó con la promulgación de la Ley 93 de 4 de octubre de 1973, con el objetivo de atender necesidades sociales relacionadas a casos de emergencia nacional. Se trata de un subsidio habitacional directo a familias afectadas por desastres, situaciones de emergencia, casos sociales y casos de extrema pobreza.
            


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